Recientemente la Corte Suprema de Justicia recordó los requisitos de validez de un Contrato de Promesa de Compraventa de Bien Inmueble; (i) Debe constar por escrito, (ii) que se prometa celebrar un Contrato que no vaya en contravía de su legalidad, (iii) que se indique sin equívocos el plazo para la celebración del contrato prometido o la condición para ello y finalmente, (iv) que el inmueble que se promete en venta esté plenamente identificado por sus datos y linderos. De no estar presente alguno o algunos de los referidos requisitos el Contrato será Nulo absolutamente, claro está, una vez así declarado por el Juez. (CSJ – Sala Casación Civil – SC 3132023, Octubre 5 de 2023. M.P. Francisco Ternera Barrios.).
Por: Giovanni Andrés Bernal Salamanca
___________________________________________
Presidente
¡Nuestro compromiso, proteger tus derechos!