Lo primero que debemos indicar es que no es necesario en todos los casos, esto dependerá del monto dejado por la persona que ha muerto. Mediante carta circular 061 del 8 de octubre de 2024 la Superintendencia Financiera de Colombia actualizó el monto que podrá ser entregado por el Banco o entidad de ahorro a algún pariente, (Cónyuge, compañero o compañera permanente, herederos o a varios de ellos conjuntamente), sin necesidad de adelantar la sucesión.

La suma actualizada y que rige hasta el día 30 de septiembre del año 2025 es de ochenta y siete millones trescientos nueve mil quinientos treinta y seis pesos, ($ 87’309.536). Así entonces para retirar este valor o una suma inferior bastará con elevar la solicitud a la entidad financiera, cumpliendo sus políticas y acreditando la calidad de cónyuge sobreviviente, compañero o compañera permanente o heredero, según corresponda.

Por: Giovanni Andrés Bernal Salamanca

___________________________________________

Presidente

¡Nuestro compromiso, proteger tus derechos!

Abrir chat
Hola
¿En qué podemos ayudarte?